Resolución 3155 DE FEBRERO 12 DE 2007

 

REPÚBLICA DE COLOMBIA

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

Resolución No. 3155
(12 de Febrero)

“Por la cual se designa un representante“

EL SUPERINTENDENTE DE INDUSTRIA Y COMERCIO

en uso de sus funciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por los
numerales 23 y 26 del artículo 4º del Decreto 2153 de 1992, y

CONSIDERANDO

PRIMERO.- Que mediante la Ley 872 de 2003 se creó el Sistema de Gestión de Calidad en la Rama Ejecutiva del poder público y en otras entidades prestadoras de servicios “(…) como una herramienta de gestión sistemática y transparente que permita dirigir y evaluar el desempeño institucional, en términos de calidad y satisfacción social en la prestación de los servicios a cargo de las entidades y agentes obligados, la cual estará enmarcada en los planes estratégicos y de desarrollo de tales entidades”.

SEGUNDO.- Que en cumplimiento de lo previsto en el artículo 6º de la Ley 872 de 2003 mediante Decreto 4110 de 2004 se adoptó la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública, NTCGP 1000:2004, de obligatoria aplicación y cumplimiento, la cual “determina las generalidades y los requisitos mínimos para establecer, documentar, implementar y mantener un Sistema de Gestión de Calidad en los organismos, entidades y agentes obligados conforme al artículo 2º de la ley 872 de 2003”.

TERCERO.- Que, de conformidad con la NTCGP 1000:2004, para velar por el establecimiento, ejecución y mantenimiento de los procesos necesarios para la implementación del Sistema de Gestión de Calidad, se hace necesario designar al interior de cada entidad a un miembro de la Dirección.
En consecuencia,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO.  DESIGNACION. Designar al Jefe de la Oficina Asesora de Planeación como representante de la Dirección para velar por el establecimiento, ejecución y mantenimiento de los procesos necesarios para la implementación del Sistema de Gestión de Calidad en la Superintendencia de Industria y Comercio-SIC. El designado actuará bajo las políticas establecidas directamente por el Superintendente de Industria y Comercio.

ARTÍCULO SEGUNDO. FUNCIONES DEL REPRESENTANTE DE CALIDAD DE LA SUPERINTENDENCIA.  El representante de calidad de la Superintendencia tendrá las siguientes funciones:

  1. Asegurar que se documenten, establezcan y mantengan los procesos necesarios para la implementación del Sistema de Gestión de Calidad de la SIC.

  2. Informar al Superintendente de Industria y Comercio sobre el funcionamiento y desempeño del Sistema de Gestión de Calidad  institucional, así como sugerir acciones para mejorar su eficacia, eficiencia y efectividad.

  3. Coordinar la realización de auditorías internas y externas al Sistema de Gestión de Calidad de la SIC.

  4. Actuar como enlace con entidades y organismos externos en actividades relacionadas con el Sistema de Gestión de Calidad institucional.

  5. Elaborar los documentos que deben hacer parte del Sistema de Gestión de Calidad de la Superintendencia de Industria y presentarlos al Superintendente de Industria y Comercio para su aprobación.

  6. Coordinar el registro y control de la documentación del Sistema de Gestión de Calidad de la entidad.

  7. Las demás funciones relacionadas con la administración, control y seguimiento del Sistema de Gestión de Calidad de la Superintendencia de Industria y Comercio, de conformidad con las instrucciones que imparta el Superintendente de Industria y Comercio.

ARTÍCULO TERCERO. VIGENCIA.  La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los

EL SUPERINTENDENTE DE INDUSTRIA Y COMERCIO

 JAIRO RUBIO ESCOBAR

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