RESOLUCIÓN 2507 DE FEBRERO 07 DE 2006

 

REPÚBLICA DE COLOMBIA

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN 2507 DE FEBRERO 07 DE 2006

Por la cual se aprueba el Factor de Paridad Internacional

EL SUPERINTENDENTE DE INDUSTRIA Y COMERCIO

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por los artículos 10 y 15 del Decreto 92 de 1998 y,

CONSIDERANDO: 

PRIMERO: Que mediante decreto No. 92 de 1998, se reglamentó la clasificación y calificación en el Registro Único de Proponentes y se dictaron otras disposiciones.

SEGUNDO: Que en los artículos 10 y 15 del citado decreto, se establece que la capacidad máxima de contratación de constructores y consultores, respectivamente, se determinará aplicando, entre otros, el Factor de Paridad Internacional (FPI), el cual deberá ser recalculado y ajustado anualmente por la Sociedad Colombiana de Ingenieros y puesto a consideración y aprobación de la Superintendencia de Industria y Comercio.

TERCERO: Que mediante comunicación P. No. 037 del 3 de febrero de 2006y radicada bajo el número 06010587 de la misma fecha, la Sociedad Colombiana de Ingenieros remitió el valor del Factor de Paridad Internacional para el 2006, cuyo cálculo se efectúo con base en la información económica de indicadores de desarrollo 2004, publicada por el Banco Mundial.

En virtud de lo señalado,

RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO: Modificar el inciso primero del numeral 1.2.9 del Título VIII, Capítulo I de la Circular Única, el cual quedará así:

1.2.9 Factor de Paridad Internacional

Se aprueba el 3.41 como Factor de Paridad Internacional (FPI) para determinar la capacidad máxima de contratación de constructores y consultores para el año 2006.

ARTICULO SEGUNDO: Se ordena a las cámaras de comercio la publicación del resultado de dicho factor, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 15 del decreto 92 de 1998.

ARTICULO TERCERO:La presente resolución rige a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial.

 

PUBLIQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los

 

EL SUPERINTENDENTE DE INDUSTRIA Y COMERCIO

 

JAIRO RUBIO ESCOBAR

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