LEY 46 DE DICIEMBRE 7 DE 1979


 

Por medio de la cual se autoriza al Gobierno Nacional para suscribirla la adhesión de Colombia " al Convenio que establece la Organización Mundial de la propiedad Intelectual", firmada en Estocolmo el 14 de julio de 1976

 

EL CONGRESO DE COLOMBIA

DECRETA:

Artículo 1o autorizase al Gobierno Nacional para suscribir la adhesión de Colombia al Convenio que establece la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual", firmado en Estocolmo el 14 de julio de 1967, y para efectuar el depósito del instrumento de adhesión.

La adhesión a la que se refiere este artículo deberá contener la aclaración de que Colombia no suscribirá los instrumentos internacionales de los cuales la organización es depositaria, en lo que sean opuestos al espíritu de las decisiones 24 y 85 del Pacto Andino y demás normas conexas.

 

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