DECRETO 1152 DE JUNIO 29 DE 1999


 

Por el cual se reestructura el Ministerio de Salud como Organismo de Dirección del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la atribución permanente de que trata el artículo 189-16 de la Constitución Política, desarrollada por la Ley 489 de 1998 en su artículo 54,

DECRETA

Artículo 16. Funciones de la Dirección General de Desarrollo de la Prestación de Servicios de Salud. La Dirección General de Desarrollo de la Prestación de Servicios de Salud cumplirá las siguientes funciones.

12. Diseñar, implantar, evaluar y ajustar los requisitos superiores de calidad, necesarios para desarrollar la acreditación de las prestadoras de servicios de salud.

 

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