CIRCULAR EXTERNA No. 14 DEL 29 DE MAYO DE 2002


 

CIRCULAR EXTERNA no. 14
2002-05-29

Bogotá, D.C. 

Para:                Cámaras de Comercio, sus Federaciones y Confederaciones

Asunto:            Modificación del Capítulo l, Título Vlll de la Circular Única (Ampliación Cronograma Implementación del Sistema Único de Registro Mercantil y Proponentes)

La Circular Única fue modificada en su Título VIII Capítulo Primero a través de la Circular Externa no. 05 de marzo 11 de 2002, estableciéndose el cronograma para la implementación del  sistema único de registro mercantil y proponentes.

La Confederación Colombiana de Cámaras de Comercio Confecámaras, solicitó a esta Superintendencia la ampliación de las fechas previstas por el cronograma en sus primeras etapas, toda vez que las fechas previstas resultan demasiado estrechas para las actividades que deben realizarse.

Teniendo en cuenta lo anterior, atendiendo a que se avecina cambio en las juntas directivas de las cámaras de comercio del país, y dada la importancia de las decisiones que deben tomarse al seno de las mismas, esta Entidad encuentra procedente modificar la Circular Única en el acápite del Título VIII Capítulo Primero numerales 1.6.1 y 1.6.2.2., como sigue:

El cronograma contenido en el numeral 1.6.1 quedará así:

ETAPAS

FECHA

1. Reglas de distribución y participación en toma de decisiones

2002/07/15

2. Selección del equipo de coordinación y seguimiento

2002/07/31

3. Definición detallada de requerimientos funcionales

2002/07/31

4. Definición y entrega del cronograma detallado de desarrollo

2002/07/31

5. Estimación del valor del proyecto

2002/09/16

6. Definición de los términos de referencia o de las especificaciones detalladas del sistema a desarrollar

2002/11/15

7. Apropiación de recursos

2002/12/31

8. Proceso de selección del contratista o quien vaya a desarrollar el proyecto

2003/03/31

9. Finalización del desarrollo e inicio de pruebas

2004/08/31

10. Adecuaciones respecto de los reportes y obligaciones

2004/09/30

11. Pruebas

2004/11/30

12. Migración

2004/12/31

13. Inicio de operación del sistema

2005/01/01

Sustitúyase el numeral 1.6.2.2 así:

1.6.2.2  Reportes esporádicos:

En adición a los reportes periódicos señalados, se deben presentar los siguientes reportes en los plazos señalados:

a) Documento en el cual se formaliza el acuerdo entre las cámaras sobre la forma como se dirigirá el proyecto de desarrollo del sistema de información, las reglas relativas a la toma de decisiones del proyecto, la forma como se distribuirán los gastos. Plazo:  2002/07/31

b) Documento en el cual se definen los requerimientos funcionales con la correspondiente aprobación. Plazo:  2002/08/15

c) Cronograma oficial detallado del proyecto. Plazo:  2002/08/15.

d) Estimativo del costo total del proyecto. Plazo:  2002/09/30.

e) Entrega de los términos de referencia para contratar o desarrollar el sistema de información indicando los requerimientos de migración. Plazo:  2002/11/30

f)Documento en el que conste que las cámaras de comercio realizaron la apropiación presupuestal  requerida.  Plazo:  2003/01/15

g)  Indicación de los contratistas seleccionados para realizar el proyecto y/o personal asignado para la realización del proyecto indicando sus funciones y organización jerárquica.  Plazo:  2003/04/15

h)  Informe precisando las adecuaciones a sus reportes y procedimientos que se generan por la adopción del sistema, necesarias a fin de continuar dando cumplimiento a las obligaciones que le son propias según lo dispuesto en la Circular Única Título VIII Capítulo Segundo de la Superintendencia de Industria y Comercio.  Plazo:  2004/10/15

i)  Documentación de las pruebas realizadas del sistema.  Plazo:  2004/12/15

Atentamente,

MÓNICA MURCIA PÁEZ
Superintendente de Industria y Comercio

 

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