Uso del organigrama;
Coloque el cursor sobre la dependencia que desee consultar y presione el botón izquierdo del ratón para iniciar la exploración en sitio seleccionado
FUNCIONES DE LA SECRETARÍA GENERAL
El secretario general ejercerá las siguientes funcionesArtículo 21, decreto 2153 de 1992Son funciones de la Secretaría General:
-
Asesorar al Superintendente de Industria y Comercio en la adopción de las políticas o planes de acción de la Superintendencia de Industria y Comercio;
-
Asistir al Superintendente de Industria y Comercio en sus relaciones con los demás organismos y mantenerlo informado de la situación de los proyectos administrativos que se relacionen con las actividades propias de la Superintendencia;
-
Atender bajo la dirección del Superintendente de Industria y Comercio, y por conducto de las distintas dependencias de la Superintendencia, la prestación de los servicios y la ejecución de los programas adoptados;
-
Velar por el cumplimiento de las disposiciones legales orgánicas de la Superintendencia y por el eficiente desempeño de las funciones técnicas y administrativas de la misma y coordinar las actividades de sus distintas dependencias;
-
Dirigir y coordinar las funciones de las Divisiones Administrativa y Financiera;
-
Notificar los actos administrativos emanados de la Superintendencia de Industria y Comercio y designar los notificadores a que haya lugar;
-
Disponer oportunamente la publicación de los actos administrativos de carácter general, conforme lo establece la ley;
-
Refrendar con su firma los actos y providencias que pongan fin a una actuación administrativa del Superintendente y los de los Superintendentes Delegados;
-
Dirigir, coordinar y controlar la prestación de los servicios de archivo y correspondencia de la Superintendencia;
-
Convocar periódicamente el Comité de Coordinación de la Superintendencia de Industria y Comercio y mantener permanentemente informados a sus miembros de las medidas administrativas que tengan relación con la marcha de la entidad;
-
Nombrar secretarios generales ad hoc en los casos que se requiera para un mejor desempeño de las funciones de certificación y autenticación que competen a la Superintendencia de Industria y Comercio;
-
Expedir las certificaciones que le corresponda a la Superintendencia de Industria y Comercio conforme a la ley;
-
Designar los funcionarios encargados de expedir las certificaciones que por razón de su competencia y en virtud de las disposiciones legales corresponda a la Superintendencia de Industria y Comercio;
-
Las demás que le delegue o señale el Superintendente de Industria y Comercio.
|