PAGOS DE MULTAS IMPUESTAS POR LA SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
SITIO AUTORIZADO POR LA DIRECCIÓN DEL TESORO NACIONAL
De conformidad con el oficio de radicación No. 08-00071 , emitido por la Subdirección Operativa de la Dirección General del Crédito Público y Tesoro Nacional, EL PAGO DE MULTAS IMPUESTAS por la Superintendencia de INdustria y Comercio debe efectuarse en la siguiente cuenta exclusiva:
Cuenta No.
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050-00024-9 del Banco Popular, Sucurs-al Bogotá
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Nombre de la cuenta
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DIRECCION DEL TESORO NACIONAL - FONDOS COMUNES
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Clase de cuenta
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Recaudo nacional
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Formato de consignación
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De recaudo nacional (Formatos prenumerados únicamente)
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Códigos rentísticos
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Código
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Utilizable para pagos
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350300
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Multas y sanciones
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La copia del recibo de consigación deberá ser reemplazada en la Superintendencia de Industria y Comercio, por un recibo oficial que debe ser radicado al expediente de la multa. |