Santa Fe de Bogotá,D.C.
Apreciado señor: Damos respuesta a su solicitud radicada bajo el número de la referencia mediante la cual solicita información relacionada con normas técnicas, acreditación y metrología. Sobre el particular procedemos en los siguientes términos. 1. Marco normativo En la actualidad las normas vigentes en materia de normas técnicas, acreditación y metrología son las que se relacionan a continuación, las cuales podrá consultarlas nuestra página web www.sic.gov.co.:
2. Objetivos del sistema nacional de normalización, certificación y metrología La Superintendencia de Industria y Comercio como parte del sistema nacional de normalización, certificación y metrología, liderado por el Ministerio de Desarrollo, es una de las entidades del Estado sobre la cual recae la responsabilidad de organizar el sistema nacional de normalización, certificación y metrología, cuyo marco legal es el decreto 2269 de 1993. La norma en mención tiene como fin crear la infraestructura necesaria para garantizar el cumplimiento de las normas técnicas obligatorias de calidad y reglamentos técnicos obligatorios(1), el cual persigue los siguientes objetivos: certificación de calidad, protección al consumidor y competitividad de la industria nacional productora de bienes y servicios(2). En tal sentido, se concibió en el sistema una infraestructura idónea y confiable que asegure la calidad misma de los servicios prestados por las entidades de certificación y por los laboratorios acreditados, cuyo control, supervisión y vigilancia la ejerce la Superintendencia de Industria y Comercio(3). Así mismo, la Superintendencia de Industria y Comercio, mediante la resolución 140 del 4 de febrero de 1994 estableció el procedimiento para la acreditación y reguló las actividades que se realicen dentro del sistema nacional de normalización, certificación y metrología. Esta resolución contiene tanto los requisitos legales como los técnicos que garantizan que mediante su cumplimiento, las entidades acreditadas para prestar estos servicios en el país tendrán la idoneidad y competencia técnica requeridas para prestar servicios idóneos y confiables. Finalmente, nos permitimos comunicarle que la información relacionada con los organismos acreditados y los laboratorios de pruebas y ensayos igualmente puede ser consultada en nuestra página web y la normatividad requerida podrá solicitarla a la Secretaría General de esta Entidad. En los términos anteriores damos respuesta a su solicitud con el alcance previsto en el artículo 25 del código contencioso administrativo. Atentamente,
CARMEN LIGIA VALDERRAMA ROJAS 1. Decreto 2269 de 1993, artículo 2. letra b) y e) 2. Ibidem, artículo 1. 3. Ibidem, letras a) y b) artículo 17. |