Concepto 03063922 del 22 de Septiembre de 2003

 

Bogotá, D.C.

010/

Asunto             Radicación    03063922
                         Trámite          113
                         Actuación      440
                         Folios             002

Estimada señora:

Damos respuesta a la petición contenida en su comunicación radicada en esta Entidad bajo el número de la referencia, mediante la cual formula una consulta sobre como debe entenderse la expresión  "durante la permanencia del electrodoméstico en el mercado" contenida en el numeral 1.2.8.2.3 de la circula 04 de la Superintendencia de Industria y Comercio.

Sobre el particular le manifestamos que de conformidad con lo establecido en el numeral 1.2.8.2.3 de la circular externa 04 sobre el servicio de postventa los productores, importadores, representantes de productor, centros de servicio autorizados, proveedores o expendedores de electrodomésticos deben garantizar "la disponibilidad o suministro de repuestos, unidades de reposición, partes, piezas, accesorios e insumos durante la permanencia del electrodoméstico en el mercado, que garanticen la idoneidad del mismo." (Resaltado fuera del texto)

De acuerdo con lo anterior, se debe advertir que la frase "durante la permanencia del electrodoméstico en el mercado" debe ser entendida como el tiempo durante el cual efectivamente se comercialice el producto.

Lo anterior, sin perjuicio del deber de los productores, importadores, representantes de productor, centros de servicio autorizados, proveedores o expendedores de electrodomésticos de asegurar la disponibilidad de repuestos, partes y piezas durante el término declarado en el certificado de garantía[1]en el evento en que este sea Superior.

En los anteriores términos damos respuesta a su consulta con el alcance previsto en el artículo 25 del código contencioso administrativo.

Para mayor información sobre el desarrollo de nuestras funciones y de las normas objeto de aplicación por parte de esta entidad, puede consultar nuestra página de internet www.sic.gov.co. En la pestaña de Normatividad, encontrará todos los conceptos emitidos por esta Superintendencia y podrá servirse del índice temático de normas y conceptos.

Atentamente,

                                  

PIEDAD CONSTANZA FUENTES RODRIGUEZ

Jefe de la Oficina  Asesora Jurídica



[1]El numeral 1.2.8.2.1 de la circular externa 04  de 28 abril de 2003,, señala que los productores, importadores, representantes de productor, proveedores o expendedores y centros de servicio autorizados de electrodomésticos, están en obligación de declarar del tiempo durante el cual se garantiza el suministro de repuestos e insumos para el adecuado funcionamiento del bien en el certificado de garantía.

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