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Bogotá, D.C. 010/ Asunto
Radicación 02043869
Trámite 113
Actuación 440
Folios 003 Estimado
señor: Damos
respuesta a la petición contenida en su comunicación radicada en esta Entidad
bajo el número de la referencia para informarle que, en la venta de repuestos
de impresoras y computadores se entiende pactada la garantía mínima legal de calidad
e idoneidad, de acuerdo con las condiciones ordinarias y habituales del mercado,
en relación con la cual los proveedores o expendedores tienen la obligación de
responder frente a los consumidores. Sin perjuicio de ello, el productor, proveedor
o expendedor puede otorgar voluntariamente una garantía adicional, frente a la
cual opera el mismo esquema de responsabilidad. De otra parte que, el término
de la garantía de los servicios prestados o de los repuestos reemplazados será
el que fije el productor o prestador del servicio, independiente del tiempo que
haga falta por transcurrir para el vencimiento de la garantía otorgada al equipo
nuevo. Lo anterior si se tienen en cuenta los siguientes argumentos: 1.
Garantías 1.1
Mínima legal de calidad e idoneidad De
conformidad con lo dispuesto en el decreto 3466 de 1982, en todos los contratos
de compraventa y de prestación de servicios se entiende pactada a cargo del productor
del bien o prestador del servicio, la obligación de garantizar plenamente las
condiciones de calidad e idoneidad del producto o servicio de acuerdo a las exigencias
ordinarias y habituales del mercado. [1] En consecuencia, todos los bienes
y servicios están amparados por una garantía mínima legal de calidad e idoneidad. Es
así como, según el precitado decreto, la calidad de un bien o servicio es el conjunto
total de propiedades, ingredientes o componentes que lo constituyen, determinan,
distinguen o individualizan. [2]
Igualmente, define idoneidad de un bien o servicio, como la aptitud del mismo
para satisfacer las necesidades para las cuales ha sido producido o prestado,
así como las condiciones bajo las cuales se debe utilizar en orden a la normal
y adecuada satisfacción de dichas necesidades. [3] En
complemento de lo anterior, el artículo 23 del citado decreto 3466 de 1982 señala
que la responsabilidad por la calidad e idoneidad de los bienes y servicios recae
sobre el productor o expendedor del mismo. Es
por lo anterior que, si eventualmente se determinara que el bien adquirido y/o
el servicio contratado presenta fallas en lo que a su calidad o idoneidad se refiere,
la responsabilidad por dichas deficiencias recaería en el expendedor o proveedor
del bien [4] o en el prestador del servicio, a menos que se probara la existencia
de una de las causales de exoneración previstas en el artículo 26 del decreto
3466 de 1982. 1.2
Garantías voluntarias El
artículo 12 del decreto 3466 de 1982 dispone que, el productor, proveedor o expendedor
podrá otorgar garantías voluntarias, adicionales y diferentes a la mínima presunta
de que trata el artículo 11 [5]
y a la mínima legal de calidad e idoneidad señalada en el punto 1.1 anterior,
por la calidad e idoneidad de los bienes, las cuales deben constar por escrito
con la indicación precisa de sus condiciones, su vigencia y la forma de reclamarlas,
señalando que frente al consumidor responde directamente el proveedor o expendedor
del bien o prestador del servicio. Así,
las condiciones de calidad e idoneidad garantizadas dependerán de la clase de
garantía de que se trate y éstas determinarán el alcance de la responsabilidad
del obligado a responder por la misma. De este modo, el responsable de la efectividad
de la garantía deberá responder por este concepto únicamente en el evento en que
las fallas que fundamenten el reclamo se relacionen con las condiciones de calidad
e idoneidad garantizadas. En
este orden de ideas, en la venta de repuestos de impresoras y computadores se
entiende pactada la garantía mínima legal de calidad e idoneidad, de acuerdo con
las condiciones ordinarias y habituales del mercado, toda vez que no existe un
término establecido en la ley para la misma. Sin perjuicio de ello, el productor,
proveedor o expendedor puede otorgar voluntariamente una garantía adicional, por
la cual también debe responder, conforme con lo expuesto en precedencia. En
este sentido, si se presentan fallas relacionadas con el no cumplimiento de las
condiciones de calidad e idoneidad garantizadas, por causas no imputables al comprador,
fuerza mayor o caso fortuito o hechos de terceros [6] y la queja se presenta dentro
del término de la garantía otorgado, existe la obligación de hacer efectiva la
garantía. Teniendo
en consideración lo expuesto, frente a la pregunta formulada por usted, acerca
del término de garantía que deberá cobijar los repuestos de impresoras y computadores
que se encuentran en periodo de garantía, podemos afirmar que, el término de la
garantía de los servicios efectuados o de los repuestos reemplazados será el que
fije el productor o prestador del servicio, independiente del tiempo que haga
falta por transcurrir para el vencimiento de la garantía otorgada al equipo nuevo.
Es decir, son diferentes las garantías del equipo, los repuestos y el servicio
prestado. De
otra parte, cuando en razón de la efectividad de la garantía se cambia el producto
por otro, este nuevo equipo se encuentra amparado por una garantía autónoma e
independiente de la que cobijaba al anterior, por la cual se responde en los términos
antes previstos, de modo que, las condiciones de calidad e idoneidad garantizadas
dependerán de la clase de garantía de que se trate y éstas determinarán el alcance
de la responsabilidad del obligado a responder por la misma. No
obstante lo anterior, se tiene en cuenta que de haberse fijado por parte del productor
o prestador del servicio una garantía inferior a la mínima legal, que correspondería
a las que el producto o servicio tendría de acuerdo a las exigencias ordinarias
y habituales del mercado, se dará aplicación preferente a ésta última. En
los anteriores términos damos respuesta a su consulta con el alcance previsto
en el artículo 25 del código contencioso administrativo. Para mayor
información sobre el desarrollo de nuestras funciones y de las normas objeto
de aplicación por parte de esta entidad, puede consultar nuestra página de internet
www.sic.gov.co. En la pestaña de Normatividad,
encontrará todos los conceptos emitidos por esta Superintendencia y podrá servirse
del Índice Temático de normas y conceptos. Atentamente, MARIANA
CALDERÓN MEDINA Jefe
Asesora de la Oficina Jurídica
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