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10/ Bogotá,
D.C.
Radicación 02024381 Trámite
113 Actuación
440 Folios:
02 Estimado
señor Damos
respuesta a su solicitud, radicada en esta Superintendencia bajo el número que
se indica en el asunto para informarle que, en el titulo X, capitulo primero de
la circular externa 10 (circular única) de la Superintendencia de Industria y
Comercio, se encuentran señaladas las tasas en materia de propiedad industrial
que, especificamente para el caso de las patentes son las siguientes: 1.
Tasas en materia de patentes 1.1
Solicitudes de Patentes de Invención presentadas conforme a la Decisión 486 Si
usted desea presentar una solicitd de patente por virtud de la Decisión 486, para
efectos de obtener protección en Colombia, deberá efectuar los siguientes pagos:
·
Solicitud de patente de invención $378.000,00
·
En caso que se invoque una prioridad, deberá pagar adicionalmente, la suma de
$106.000,00 ·
Examen de patentabilidad de la invención $318.000,00 1.2
Solicitudes de patente de invención presentadas conforme al Tratado de Cooperación
en Materia de Patentes - PCT- Si
usted esta interesado en obtener protección sobre una patente de invención en
Colombia y/o en otros países de la Unión, por virtud del PCT- deberá efectuar
los siguientes pagos: Fase
Nacional
·
Solicitud de patente de Invención $378.000,00
·
En caso que se invoque una prioridad, deberá pagar adicionalmente la suma de $106.000,00
·
Examen de patentabilidad de invención - capitulo I PCT:$318.000,00.
·
Examen de patentabilidad de invención - capítulo II PCT: $159.000,00. Así
como las tasas que se hubieren determinado, en cada uno de los países en los que
se pretenda proteger la invención. Para
mayor información sobre el desarrollo de nuestras funciones y en particular conocer
el texto completo del titulo X, capitulo primero, de la circular única de la Superintendencia
de Industria y Comercio, puede dirigirse a nuestra página de internet: www.sic.gov.co En
los anteriores término damos respuesta a la consulta planteada, con el alcance
previsto en el artículo 25 del código contencioso administrativo. Atentamente, MARIANA
CALDERÓN MEDINA Jefe
Asesora Oficina Jurídica |