Concepto 01082312 del 25 de octubre de 2001

010/

Bogotá,

 

AsuntoRadicación0182312
Trámite113
Actuación440
Folios002

                       

Estimado doctor:

Damos respuesta a su petición contenida en la comunicación radicada en esta Entidad bajo el número de la referencia para agradecerle sus observaciones en relación con la circular única 10 de 2001 e informarle que las mismas son objeto de estudio por parte de la Entidad.

Igualmente, nos permitimos informarle que de conformidad con lo establecido por la precitada circular única 10 de 2001,  dicha norma sustituye y deroga todos los actos administrativos de carácter general expedidos por la Superintendencia de Industria y Comercio. Por lo anterior, debe entenderse que los actos administrativos generales expedidos por esta Superintendencia que no hayan sido incorporados a la circular se encuentran derogados. En consecuencia, tal y como lo estipula el numeral 1.4.1 del título VIII de la referida circular, las cámaras de comercio únicamente pueden abstenerse de efectuar la inscripción de los actos, libros y documentos respecto de los cuales se exige esta formalidad, cuando la ley las faculte expresamente  para ello y únicamente por los motivos que ésta prevé.

Lo anterior es aún más claro si tenemos en cuenta que las funciones registrales que ejercen las cámaras de comercio son de carácter público, en consecuencia, dichas entidades en lo referente al desempeño de dihas funciones deben sujetarse únicamente a lo que las normas dispongan para el efecto. En este orden de ideas, en la medida en que ninguna norma legal las faculta para abstenerse de registrar los actos ineficaces, concluimos que éstas no pueden abstenerse de efectuar dicho registro.

En los anteriores términos damos respuesta a su consulta con el alcance previsto en el artículo 25 del código contencioso administrativo.

Para obtener mayor información sobre el desarrollo de nuestras funciones puede dirigirse a nuestra página de internet www.sic.gov.co

Atentamente,

 

MARIANA CALDERON MEDINA
Jefe Asesora de la Oficina Jurídica (e)