Concepto 01096542 del 28 de Noviembre de 2001

Bogotá, D.C.

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Asunto            Radicación            01096542
                        Trámite          113
                        Actuación       440
                        Folios             002

Estimado señor:

Damos respuesta a la petición contenida en su comunicación radicada en esta Entidad bajo el número de la referencia para manifestarle que la protección del registro de una marca se circunscribe sólo a los específicos productos o servicos para los cuales la solicite. No obstante lo anterior, según su elección, puede adelantar un trámite por separado  para proteger los servicios de venta comprendidos en la clase 42, y otro para proteger  el producto indicado en la clase 25 de la clasificación Internacional de Niza. Lo anterior si se tienen en cuenta los siguientes argumentos:

De conformidad con lo establecido en el artículo 138 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina, [1] entre otros requisitos para solicitar el registro de una marca, debe señalarse una sola clase de productos o de servicios para los que se  desea obtener la protección.

Ahora bien, según lo establecido en el arreglo de Niza relativo a la Clasificación Internacional de Productos y Servicios, y como bien lo afirma en su comunicación, la clase 25 comprende entre otros, los vestidos y la clase 42, incluye entre otros, los servicios de venta.

En consecuencia, dependiendo de lo que usted quiera proteger con la marca (impermeables, servicio de venta de impermeables o ambos), deberá presentar la (s) solicitud (es) respectiva(s).

En los anteriores términos damos respuesta a su consulta con el alcance previsto en el artículo 25 del código contencioso administrativo.

Para obtener mayor información sobre el desarrrollo de nuestras funciones puede dirigirse a nuststra página de internet www.sic.gov.co

Atentamente,

 

MARIANA CALDERÓN MEDINA
Jefe Asesora de la Oficina Jurídica (e)



[1]
          
 Título VI, Capítulo II, Artículo 138 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina. "La solicitud de registro de una marca  se presentará ante la oficina nacional competente y deberá comprender una sola clase de productos o servicios" (...).

 

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