Concepto 01021445 del 30 de marzo de 2001

 

010/

Bogotá,

AsuntoRadicación01021445
Trámite113
Actuación440
Folios002

Estimado señor: 

Damos respuesta a su comunicación radicada bajo el número de la referencia para informarle que con ocasión de la reciente sentencia 1142 del  30 de agosto de 2000,[1] que del artículo 90[2] del código de comercio declaró inexequibles las expresiones “abogados, economistas y contadores”, “multas hasta de veinte mil pesos” y “una y otra las decretará la Superintendencia de  Industria y Comercio”, fue expedida por parte de esta Superintendencia la Circular Externa 01 de 2000, en la que, teniendo en cuenta lo manifestado por la Corte en la referida sentencia, se dispone:

(...) “En consecuencia la Superintendencia queda relevada de conocer de las inhabilidades de los empleados de las cámaras de comercio y de imponer multas por este aspecto.

Bajo ese supuesto, corresponde a las cámaras de comercio separar a sus trabajadores de las funciones públicas que desempeñen si se presenta la incompatibilidad señalada en la norma. Desde luego, la prohibición de que trata, debe referirse solamente a aquellos empleados que cumplan directamente labores relacionadas con la función pública del registro mercantil.”

Teniendo en cuenta lo anterior, no nos es posible pronunciarnos sobre el tema objeto de consulta por carecer de competencia para ello.

Para obtener mayor información sobre el desarrollo de nuestras funciones puede dirigirse a nuestra página de Internet www.sic.gov.co

Atentamente,

CARMEN LIGIA VALDERRAMA ROJAS
Jefe Oficina Asesora Jurídica


[1] Corte Constitucional. M.P. José Gregorio Hernández.

[2] El artículo completo decía: “Los abogados, economistas y contadores que perciban remuneración como empleados permanentes de las cámaras de comercio, quedarán inhabilitados para ejercer su profesión en asuntos particulares mientras permanezcan en sus cargos, so pena de destitución por mala conducta y multa hasta de veinte mil pesos. Una y otra las decretará el Superintendente de Industria y Comercio.”