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Bogotá,
D.C. 010/
| Asunto | Radicación | 01014229 |
| Trámite | 113 |
| Actuación | 440 |
| Folios | 003 |
Estimada
señora: Damos
respuesta a su comunicación radicada bajo el número de la referencia, para informarle
que no existe ningún mecanismo legal por medio del cual un consumidor pueda presumir
que un bien o servicio se encuentra protegido legalmente, ya sea por medio de
una patente o de un secreto industrial si el distribuidor o vendedor no hace ninguna
manifestación al respecto. Sobre el particular nos permitimos hacer las siguientes
precisiones: 1.Certificación
sobre la existencia de una patente El
artículo 14 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina determina
que las patentes deberan otorgarse a aquellas invenciones, sean de producto o
de procedimiento, que sean nuevas, tengan nivel inventivo y sean susceptibles
de aplicación industrial. Ahora
bien, para obtener el derecho sobre unprivilegio de patente, se deberá iniciar
el trámite establecido en la norma andina, el cual se constitiye como la única
forma de obtener el mencionado derecho, de tal suerte que este tipo de ventajas
comerciales no pueden presumir, en la medida que existe un procedimiento que permite
establecer quien es el titular y que contenido abarca. De
otra parte, el titular de una patente es, por regla general, el inventor, quien
puede ceder su derecho a un tercero.[1]
Sumado a lo anterior, el titular puede autorizar a terceros para que lleven a
cabo la comercialización del producto o procedimiento objeto de patente.[2]
Así las cosas, no siempre es posible obtener dicha información del expendedor. Así,
si una persona desea saber si un determinado producto o procedimiento se encuentra
protegido por medio de una patente de invención, podrá acudir a la Superintendencia
de industria y Comercio para que ésta le informe si existe o no dicha protección.
Esta información podrá ser dada mediante: 1.1 Banco de patentes El
banco de patentes es una base de datos, conformada por aproximadamente cinco millones
de documentos relativos a patentes nacionales e internacionales, los cuales permiten
establecer de alguna forma cuál es el estado de la técnica actual. La información
en él contenida, puede ser consultada en la Delegatura para la Propiedad Industrial,
la cual queda ubicada en la carrera 13 27 00, piso 7,
entre las 8:30 am y las 12:00 m y entre las 2:00 pm y las 5:00 pm. 2.2
Certificación de patente Sumado
a lo anterior, usted puede solicitar a esta Superintendencia que le expida una
certificación sobre la existencia de una patente. El valor de éste trámite
es de ocho mil trescientos dieciséis pesos ($ 8.316 ), de acuerdo con lo previsto
en la resolución 701 de 2001[4] 2.
Existencia de un secreto industrial En
virtud de lo expuesto en los dos punto anteriores, se puede concluir que no existen
medios legales que le permitan al consumidor presumir que un producto o determinada
información se encuentran ya sea como una patente o como un secreto industrial. De
acuerdo con lo anterior, si desea saber si un producto o un procedimiento
se encuentra protegido vía patente de invención, podrá acudir al banco de datos
de esta Entidad o solicitar la certificación correspondiente; pero si lo
que desea saber es si existe un secreto industrial sobre determinada información
deberá acudir a su titular, quien es la única persona que podrá determinar si
existe o no un secreto empresarial, dentro de los archivos manejados por su empresa. Para
obtener mayor información sobre el desarrollo de nuestras funciones, puede dirigirse
a nuestra página de internet www.sic.gov.co En
los anteriores términos damos respuesta a su consulta con el alcance previsto
en el artículo 25 del código contencioso administrativo. Atentamente, CARMEN
LIGIA VALDERRAMA ROJAS Jefe Oficina Asesora Jurídica
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