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Bogota
010/
| Asunto: | Radicación | 01015424 |
| Trámite | 113 |
| Actuación | 440 |
| Folios | 001 |
Estimado
señor: Nos referimos
a su comunicación radicada bajo el número de la referencia para informarle que
de acuerdo con las disposiciones contenidas en la resolución 29326 de 2000, la
indicación respecto al no cobro de la propina, es una facultad de los propietarios
o administradores de tales establecimientos y en esa medida las disposiciones
de la mencionada resolución solo serán aplicables en tanto que éstos decidan efectuar
tales cobros. Lo anterior si se tienen en cuenta las siguientes consideraciones: Voluntariedad
de la propina En
relación a su inquietud sobre la posibilidad de indicar en la carta y la facturación
de un establecimiento de comidas y/o bebidas la mención expresa de que allí no
se realizara cobro alguno por concepto de propina, nos permitimos manifestarle
que de conformidad con el artículo 3 de la resolución 29326 de 2000 La propina
corresponde a una retribución por el servicio prestado, una muestra de agradecimiento
por la forma en que fue atendido por cierta persona, que tiene a su cargo el servicio
en establecimientos para el consumo de comidas y/o bebidas. La propina tiene el
carácter de voluntaria, por lo que obedece a la decisión del consumidor pagarla
o no.. De igual
manera, la mencionada resolución establece las modalidades para el cobro de la
propina,[1] y respecto de las mismas la obligación de incorporar el respectivo
texto, según la modalidad de cobro escogida. Por lo tanto, en la medida en que
un establecimiento no realice el cobro de la propina, no deberá cumplir con tales
obligaciones. En
los anteriores términos damos respuesta a su solicitud con el alcance previsto
por el artículo 25 del código contencioso administrativo. Atentamente, CARMEN
LIGIA VALDERRAMA ROJAS Jefe Oficina Asesora Jurídica.
[1] Resolución 29326 de 2000, artículo 4 Modalidades
para el cobro de la propina: La propina podrá ser Sugerida o No Sugerida: la propina
Sugerida es aquella cantidad o porcentaje del valor total de la cuenta que los
establecimientos para el consumo de comidas y/o bebidas determinen; la propina
No sugerida, es aquella que establece directamente el consumidor.
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