Bogotá, marzo 13 de 2008.- Con motivo del Día Internacional de los Derechos del Consumidor que se conmemora el próximo sábado 15 de marzo en todo el mundo, la Superintendencia de Industria y Comercio está propiciando una integración con los alcaldes de todo el país para proteger a los consumidores.
El objetivo es incentivar el desempeño efectivo de la oficina de protección al consumidor al interior de cada alcaldía, para que actúe de forma oportuna, eficaz y eficiente en la protección de los derechos de los consumidores a través del ejercicio de sus funciones y competencias.
De esta manera, se realizará mañana viernes 14 de marzo la videoconferencia: “Competencias Legales de los Alcaldes en Protección al Consumidor y Metrología Legal”, que además de ser un medio de divulgación y capacitación, servirá de escenario de reflexión sobre la necesidad de fomentar una cultura de protección al consumidor.
Dicho encuentro se emitirá de 2:00 a 5:00 p.m., en 26 puntos que el SENA ha dispuesto de sus regionales en todo el territorio nacional. (consultar www.sic.gov.co)
De manera general la Superintendencia de Industria y Comercio y las alcaldías municipales y distritales son las entidades encargadas de velar por el cumplimiento de las normas sobre protección al consumidor.
Qué derechos tiene un consumidor en Colombia?
De acuerdo con lo establecido en la Constitución Política y en las leyes colombianas los consumidores tienen derecho a ser protegidos y en especial a:
- Acceder libremente a bienes y servicios de variada presentación, precio y calidad, y a optar por los que mejor satisfagan sus expectativas o necesidades.
- A la protección de su vida, salud, seguridad y la de sus bienes.
- A reclamar por los defectos de calidad e idoneidad que presenten los productos y servicios adquiridos.
- A que se les proporciones información veraz y suficiente y que no lo induzca a error sobre las características y propiedades objetivas de los bienes y servicios.
- A constituir organizaciones que defiendan y velen por sus intereses.
- A presentar peticiones, quejas y reclamos por violación a las normas de protección al consumidor.
- A acudir ante las autoridades jurisdiccionales para obtener la protección de sus derechos.
- En las compras a plazos, salvo las relativas a alimentos, vestuario, drogas, atención hospitalaria y educativa, el consumidor tiene derecho a RETRACTARSE de la compra, dentro de los dos días hábiles siguientes a su celebración, derecho que es irrenunciable.
... Y cuáles son sus deberes?
El consumidor está obligado a:
- Informarse de manera seria y responsable, sobre las características, especificaciones y precio de los bienes y servicios ofrecidos, así como exigir las garantías, calidades y demás condiciones de contratación.
- Observar las recomendaciones técnicas sobre el manejo y manipulación de los productos, con el fin de minimizar los riesgos derivados de una incorrecta utilización.
- Ejercer sus derechos dentro del marco de los mecanismos establecidos por la ley y abstenerse de formular denuncias temerarias que puedan causar perjuicios injustificados a los proveedores de bienes y servicios.
- Celebrar las transacciones de bienes y servicios dentro del comercio legalmente establecido.