LA PROPIEDAD INDUSTRIAL Y LOS PAÍSES EN VÍA DE DESARROLLO


 

Muchas personas ponen en tela de juicio la utilidad del sistema de propiedad industrial para las empresas de países en vía de desarrollo. Dicen, quienes así piensan, que la propiedad industrial es un mecanismo que favorece únicamente a los empresarios de los países con un alto grado de desarrollo.

“La única función de la propiedad industrial es proteger e incentivar a los innovadores. Los países en vías de desarrollo no se caracterizan por ser innovadores. Luego la propiedad industrial no presta ningún beneficio a los países en vías de desarrollo”, parece ser el silogismo que manejan los partidarios de dicha posición.

Sin embargo, nada más alejado de la realidad que tal conclusión. En efecto, de un silogismo se dice que cuando una de sus premisas es falsa, el resultado, necesariamente, tiene que ser falso. En el presente caso, como en seguida pasamos a explicar, la premisa mayor no es cierta, lo que, en consecuencia, afecta la validez de la conclusión.

Y no es cierta la premisa mayor porque la propiedad industrial, si bien dentro de sus funciones tiene la de incentivar y proteger a los innovadores, no tiene en esa su finalidad exclusiva. Modernamente se acepta que las figuras de las nuevas creaciones (patentes, modelos de utilidad, diseños industriales, etc) y los signos distintivos (marcas, nombres comerciales, enseñas, denominaciones de origen, etc), brindan grandes beneficios a las empresas del país PYMES.

Es cierto, eso sí, que países como el nuestro no son pródigos en innovación tecnológica y, por tanto, no pueden disfrutar en mayor magnitud de la protección que el sistema de propiedad industrial suministra a los inventores de nuevas tecnologías. Pero también es verdad, que los empresarios requieren, para ser competitivos en un mundo cada vez más abierto, tener acceso a información tecnológica que les permita conocer las últimas tecnologías. Y no es menos cierto, además, que nuestros países se encuentran poblados de adaptadores –no innovadores- de tecnologías. Además, el sistema de libre mercado que rige nuestras economías, exige la existencia de mecanismos para el adecuado funcionamiento del mercado, es decir para que los empresarios puedan distinguir sus productos y servicios y los consumidores cuenten con un mecanismo que les permita identificar el bien que más se adapta a sus necesidades.

Pues bien, información sobre nuevas tecnologías, protección a las adaptaciones o mejoras que se hagan a tecnologías existentes, mecanismos para identificar los bienes y servicios en el mercado, todo eso y mucho más proporciona el sistema de propiedad industrial a las naciones en vías de desarrollo.

Pero vamos por partes: Ya en artículo anterior en este mismo medio me referí a la importancia que tienen como fuente de información tecnológica los documentos de patentes, pues en ellos reposa valiosa y detallada información referente a nuevas tecnologías que puede ser fácilmente consultada y utilizada dados ciertos requisitos. Así mismo, es importante conocer que el uso de dicha información es libre cuando la invención ingrese a dominio público, esto es cuando ha vencido el término de protección o cuando por alguna otra razón, se declara por parte de la oficina competente la terminación del derecho. El manejo de esta información permite a los empresarios estar al día en materia tecnológica, conocer las tendencias del mercado, saber hacia donde se mueven los competidores y, en fin, evitar duplicidad de esfuerzos, así como establecer contacto con propietarios de tecnologías para efectos de obtener licencias.

De otra parte, los adaptadores o mejoradores de tecnologías, encuentran en la figura de los modelos de utilidad el mecanismo idóneo para proteger y explotar en exclusiva sus pequeñas invenciones. No sobra aclarar, que para acceder a un modelo de utilidad, que es una “patente menor”, no se exige, como sí para las patentes de invención, la altura inventiva, circunstancia que facilita la obtención de tal beneficio por parte de personas que no cuenten con los recursos suficientes para invertir en alta tecnología, como le sucede a la mayoría de nuestros empresarios. Experiencias en países orientales han demostrado que el ciclo de la innovación tiene su inicio en el conocimiento de información tecnológica, seguido de la adaptación de la tecnología conocida a las necesidades concretas, para finalmente terminar la verdadera innovación, la que, a su vez, exige contar con mecanismos de protección como las patentes de invención, generándose, de esa manera, un verdadero círculo virtuoso.

En cuanto a los mecanismos que requiere el sistema de libre empresa para su fluido funcionamiento, de tal manera que los productores puedan ofrecer y promocionar sus productos y/o servicios y que le sirvan al consumidor para elegir el que mas se adapte a sus gustos y necesidades, se cuenta con la figura de los signos distintivos. Y no debe olvidarse, que esta clase de bienes, en la actualidad, logran, la mayoría de las veces, un valor superior a los activos tangibles de las empresas.

No es, pues, cierto, que el sistema de propiedad industrial se halle constituido solo a favor de los países mas adelantados. Por el contrario, como ha quedado claro, de dicho sistema es posible lograr grandes beneficios si se conociera en profundidad. Y en este sentido, la SIC, con los limitados recursos de que dispone, ha emprendido una intensa labor de sensibilización, buscando alianzas con las cámaras de comercio, centros de investigación y universidades, cuyo propósito es suministrar, a la industria, la academia y los investigadores el conocimiento de las ventajas que se pueden obtener de las utilidades “marginales” (que para nosotros son principales) del sistema de propiedad industrial

 

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